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Gendarme "Carancho": 12 años después va a juicio por criminalizar la protesta
10 de octubre, por Autopartista Lear — Edición Argentina, Libertades Democráticas, Gendarme Carancho, Lear, Edición Argentina, Libertades Democráticas, Gendarme Carancho, Lear
Tras más de una década de trabas, el gendarme Juan Alberto López Torales irá a juicio por el montaje que permitió detener a un manifestante durante una protesta de los trabajadores de Lear en la Panamericana. “Fue una lucha persistente de más de una década, con miles de trabas que trataron de impedir que estos hechos se juzguen”, afirmó Myriam Bregman, diputada del FIT-U y querellante en la causa junto a los abogados del CeProDH, Carlos Platkowski y Matías Aufieri.
El 30 de julio de 2014, la autopista Panamericana fue escenario de una de las maniobras de criminalización de la protesta social más burdas que se recuerden. Ese día, trabajadores de la autopartista Lear protestaban contra los despidos con una caravana de autos que circulaba a baja velocidad para hacer oír sus reclamos. La respuesta del Estado fue una operación de Gendarmería que terminó con un manifestante detenido y un comandante fingiendo ser atropellado frente a las cámaras de televisión.
Ese comandante era Juan Alberto López Torales. Hoy, más de una década después, está siendo juzgado.
<script async src="//www.instagram.com/embed.js"></script>Los hechos
Esa mañana, López Torales, al mando del destacamento de Gendarmería encargado de detener la protesta, se lanzó sobre el capó del auto de Christian Romero, rompió el parabrisas, simuló ser atropellado, cayó al asfalto y ordenó la detención del conductor.
La secuencia quedó registrada por las cámaras de televisión. Esa filmación, que recorrió el mundo, se convirtió en la prueba central que hoy lo tiene sentado frente al Tribunal Oral Federal 5 de San Martín.
López Torales está imputado como autor de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida con violencia y falso testimonio. Por esa acción, se lo conoce como "el gendarme carancho".
La palabra de los querellantes
"Los delitos que lo llevan a juicio a Lopez Torales son privación ilegal de la libertad agravada por violencia y falso testimonio en causa criminal; así lo calificamos nosotros y también la fiscalía. Él, además de detener al conductor, le arma una causa penal. Hablo de Cristian Romero, a quien representamos desde el CeProDH. Después de la detención ilegal, el gendarme declara dos veces que Romero lo había atropellado. Es una mentira flagrante porque él no sabía que estaba todo filmado. Aparece un video, varios, en realidad, pero uno en particular, que no deja lugar a dudas de que se tiró encima del auto para justificar la detención. Son esos dos delitos: privación ilegal de la libertad agravada por violencia y falso testimonio en causa criminal", dice el abogado Carlos Platkowski, del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH).
"Fue una lucha persistente de más de una década, con miles de trabas que trataron de impedir que estos hechos se juzguen", expresó la diputada del FIT-U Myriam Bregman, también querellante en la causa junto a Platkowski y Matías Aufieri.
En la primera audiencia, la defensa del excomandante ya jubilado planteó que había pasado demasiado tiempo y que se había excedido el plazo razonable. El tribunal rechazó el planteo. "Les contestamos que ellos fueron los que demoraron el juicio durante todos estos años, inclusive llegando a la Corte Suprema", respondió Platkowski.
El juicio se lleva adelante ante el Tribunal Oral Federal número 5 de San Martín ante los jueces Javier Matías Arzubi Calvo, Juan Manuel Gasset Maisonave (presidente) y Esteban Rodríguez Eggers, con la intervención del fiscal general Carlos Cearras.
Fraguar los hechos para armar causas penales
López Torales era el máximo reponsable de aquel operativo. Lo que él hizo no es novedoso. Las fuerzas de seguridad arrastran una tradición sistemática de armar causas, fabricar pruebas e inventar delitos para justificar la represión y criminalizar la protesta. El caso del Gendarme Carancho es una muestra paradigmática de ese modus operandi. Primero se tiró sobre el capó para fraguar una causa penal que pretendía legitimar el operativo brutal contra los trabajadores de Lear; después, no conforme con eso, declaró como testigo e imputó a Romero relatando hechos que nunca ocurrieron, con el objetivo de dejarle una causa penal y mandarlo preso. Esa secuencia -reprimir, fraguar, declarar en falso- no es un hecho individual, sino una práctica aceitada dentro de una fuerza que, en esa oportunidad actuaba sostenida bajo el mando de altos cargos como el de Sergio Berni, viceministro de Seguridad de Cristina Kirchner, responsable de múltiples operativos represivos contra obreros, trabajadores, sus familias y manifestantes del PTS. Berni estuvo imputado, pero finalmente quedó como testigo.
La causa contra los trabajadores
La puesta en escena del gendarme Carancho, López Torales, sirvió de base para criminalizar a los manifestantes. Romero y sus compañeros fueron acusados de atentado, resistencia a la autoridad y lesiones culposas. Finalmente, todos resultaron sobreseídos.
La protesta de los trabajadores de Lear no era un hecho aislado. En 2014, la autopartista había despedido y suspendido a cientos de trabajadores, incluyendo delegados. Los obreros respondieron con distintas movilizaciones y reclamos, entre ellas realizaron una caravana de autos sobre la Panamericana a velocidad mínima. La represión de Gendarmería incluyó balas de goma, camiones hidrantes y gases lacrimógenos.
El diputado nacional Nicolás del Caño, presente en la protesta, fue rociado con gas pimienta y golpeado. La lucha de los obreros de Lear contra los despidos masivos se convirtió en un ejemplo de resisitencia contra las prepotencia patronal.
Lo que viene
En las próximas audiencias comenzarán las testimoniales y la exhibición de los videos. Entre los testigos estarán el diputado Nicolás del Caño y la legisladora porteña (MC) Alejandrina Barry. También será incorporada la declaración del fallecido militante de derechos humanos y sobreviviente de la dictadura, Enrique "Cachito" Fukman.
Fukman participó de la protesta de los trabajadores de Lear junto a Elia Espen, de Madres de Plaza de Mayo, y a otros referentes de derechos humanos.
"En la primera audiencia se leyó nuestro requerimiento de elevación a juicio y el de la fiscalía. Y en ambos escritos se llega a la misma conclusión", nos cuenta Platkowski. El "gendarme carancho" siempre negó haber planeado la provocación, pero los videos que recorrieron el mundo lo desmienten con contundencia. Al referirse al largo camino judicial que finalmente desembocó en el juicio oral contra el "Gendarme Carancho" por la detención ilegal y el falso testimonio contra Romero, Myriam Bregman sostuvo que fue una lucha persistente de más de una década, con miles de trabas que trataron de impedir que estos hechos se juzguen.
Foto: Gendarme Carancho en el conflicto de Lear
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Impunidad para el gatillo fácil: absolvieron a los policías que asesinaron a Facundo Ferreira
9 de octubre, por Tucumán — Política, Edición Argentina, Tucumán, Libertades Democráticas, Facundo Ferreira, Bloque4 A4 2, Política, Edición Argentina, Tucumán, Libertades Democráticas, Facundo Ferreira, Bloque4 A4 2
La Corte Suprema de Tucuman absolvió a los policías responsables del homicidio del niño de 12 años
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La Corte Suprema de Justicia de Tucuman absolvió y ordenó la libertad de los policías Mauro Gabriel Díaz Cáceres y Nicolás Javier González Montes de Oca. Ambos fueron condenados en el 2023 como coautores del homicidio de Facundo Ferreira, niño de 12 años, ocurrido el 8 de marzo del 2018. Un nuevo hecho de impunidad que nos llena de bronca y redobla el compromiso por luchar contra la maldita policía del gatillo fácil.
El fallo cuenta con los votos de Daniel Leiva y la adhesión de Antonio Estofán y Fabián Fradejas. De esta forma, tres jueces definieron liberar a los responsables de un hecho que conmocionó a la provincia. Los argumentos, para este fallo de la impunidad no soportan la más mínima prueba. Ocho años después de los hechos, la Corte Suprema inventa un conjunto de hipótesis no demostradas a lo largo de todos estos años para sustentar un verdadero fallo a favor del gatillo fácil.
En un primer juicio, los policías fueron condenados a prisión perpetua. La Corte Suprema tucumana anuló ese primer fallo y ordenó una revisión. Tras un segundo debate oral, los efectivos fueron condenados a 20 y 15 años de prisión. Contra este segundo fallo, que ya lavaba la responsabilidad policial al tratarlo como un homicidio simple, la Corte falla anulándolo.
La Corte llega a decir que su muerte se dió en el marco del “cumplimiento del deber”. En un cambio total de los hechos, dan a un caso de gatillo fácil, la forma de un casi enfrentamiento. De esta forma la justicia actúa como garante de la impunidad policial. En sintonía con la “doctrina Chocobar” de Bullrich y con el aumento de razzias y detenciones arbitrarias y persecutorias, la Corte quiere empoderar a la policía.
Este fallo se da acompañado de que Tucuman es una de las primeras provincias en comenzar a implementar el “Nuevo régimen penal juvenil”. Hay una clara relación entre un sistema penal que avanza en aumentar las penas para las niñeces y adolescencia y un Poder Judicial que vez garantiza impunidad para la policía. La línea hacia la juventud es clara, represión y mayores condenas.
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Algunas preguntas a partir del caso de la graffitera mendocina
9 de octubre, por ¿Convivencia o criminalización cultural? — Cultura, Edición Argentina, Mendoza, Libertades Democráticas, Grafitis, Arte Gráfico, Arte callejero, Criminalización, Cultura, Edición Argentina, Mendoza, Libertades Democráticas, Grafitis, Arte Gráfico, Arte callejero, Criminalización
El lunes por la noche distintos portales digitales de Mendoza reprodujeron el mismo titular: una joven que realizaba grafitis en la Ciudad de Mendoza podría enfrentar una sanción cercana a los diez millones de pesos. Más allá del caso particular, la noticia abre una discusión mucho más profunda sobre el derecho a la cultura, la participación ciudadana y el lugar que ocupan las prácticas artísticas en el espacio público
La sanción surge de la aplicación del Código de Convivencia de la Ciudad de Mendoza. Sin embargo, antes de discutir el monto de la multa, vale la pena formular algunas preguntas elementales: ¿quién elaboró ese código?, ¿participaron artistas visuales, muralistas o grafiteros en su redacción?, ¿se abrió una instancia real de debate con la comunidad cultural?, ¿o las reglas fueron definidas exclusivamente dentro de los espacios institucionales y luego presentadas como una decisión colectiva?. La cuestión no es menor porque el Código de Convivencia suele presentarse como una herramienta de participación ciudadana. Sin embargo, participar de un jurado vecinal no es lo mismo que participar en la definición de las reglas que luego se aplican. Cuando los marcos del debate ya fueron establecidos previamente por funcionarios y cuerpos legislativos, la participación corre el riesgo de convertirse en una instancia limitada de validación de decisiones tomadas de antemano. Desde la perspectiva de la democracia participativa, la pregunta central es quién define los problemas públicos y quién tiene derecho a intervenir en la construcción de las soluciones. Si el espacio público es de todes, ¿por qué las discusiones sobre las formas legítimas de intervenir quedan restringidas a ámbitos institucionales donde la comunidad artística prácticamente no tiene representación?.
Otro aspecto problemático es la manera en que el debate ha sido planteado. En gran parte de la cobertura periodística aparece una asociación casi automática entre grafiti y vandalismo. Sin embargo, grafiti y vandalismo no son equivalentes. El graffiti constituye una práctica cultural y artística con una larga tradición histórica, mientras que el vandalismo remite al daño deliberado de bienes o espacios. Al equipararlos, se invisibiliza la dimensión cultural de estas intervenciones y se clausura la discusión antes de que pueda producirse. El graffiti posee una larga tradición cultural, artística y política. Gran parte de la historia del arte urbano se ha desarrollado precisamente en tensión con las normas establecidas, cuestionando límites, jerarquías y formas de apropiación del espacio público. Cuando toda intervención no autorizada es presentada bajo la etiqueta de vandalismo, la discusión queda resuelta antes de comenzar. El problema deja de ser cultural para transformarse exclusivamente en una cuestión policial o administrativa.
Esta situación resulta aún más llamativa si observamos el panorama de las políticas culturales mendocinas. En la investigación Las políticas públicas para las artes visuales y el trabajo artístico y cultural en Mendoza entre 2020-2021 (Zappettini, 2026), se puede constatar que más de la mitad de las instancias de sostenimiento de las trayectorias artísticas dependen del financiamiento público. También se observa una importante discontinuidad de las políticas culturales, una escasa articulación entre municipios y provincia y la ausencia de un diagnóstico común para el sector. En otras palabras, el Estado ocupa un lugar central en el sostenimiento de las trayectorias artísticas, pero al mismo tiempo las herramientas de apoyo al sector suelen ser insuficientes, discontinuas o carecer de continuidad en el tiempo. Por eso resulta paradójico que existan mecanismos claros para sancionar determinadas prácticas culturales mientras continúan siendo escasas las políticas destinadas a promoverlas, comprenderlas o incorporarlas dentro de estrategias más amplias de desarrollo cultural.
La magnitud de la sanción merece además una reflexión particular. Diez millones de pesos no constituyen una multa simbólica ni una simple contravención administrativa. Para gran parte de quienes desarrollan actividades artísticas y culturales se trata de una suma inalcanzable. Tanto la Organización Internacional del Trabajo (2004; 2014) como la UNESCO (1980) han señalado históricamente las condiciones de precarización, inestabilidad laboral e incertidumbre económica que atraviesan a artistas y trabajadores de la cultura. En la misma línea en la investigación sobre las artes visuales en Mendoza (2026) se concluye que la pandemia no creó la crisis cultural sino que profundizó problemas estructurales ya existentes. La fragilidad económica, la discontinuidad de las fuentes de financiamiento y la dificultad para acceder a mecanismos de protección social forman parte de esa realidad. Los resultados de dicha investigación muestran precisamente que las trayectorias artísticas mendocinas dependen en gran medida del financiamiento público, mientras que las políticas culturales destinadas al sector presentan importantes problemas de continuidad. Estamos hablando, entonces, de un campo artístico atravesado por condiciones de vulnerabilidad económica. Por eso una sanción de semejante magnitud no puede interpretarse únicamente como una medida administrativa. Cuando la penalización equivale potencialmente a años de ingresos para una trabajadora cultural, la discusión también involucra la proporcionalidad de la pena y sus consecuencias materiales concretas. Más que una simple multa, puede convertirse en una condena con capacidad de comprometer seriamente una trayectoria artística y económica.
El caso adquiere una dimensión adicional si consideramos que la persona involucrada es una mujer, a días del 39 Encuentro Plurinacional de Mujeres y Disidencias, uno de los principales espacios de organización política y debate colectivo del país, desde donde se viene reclamando de manera sostenida la incorporación de la perspectiva de género en las políticas públicas. En la investigación (2026) se registró una fuerte participación de mujeres y disidencias dentro de la Asamblea de Trabajadorxs de las Artes Visuales de Mendoza. Sin embargo, esta presencia no encuentra un correlato equivalente en las políticas públicas dirigidas al sector. Las mujeres y disidencias participan activamente de la producción artística y cultural, pero continúan insuficientemente representadas en los mecanismos de financiamiento, reconocimiento y diseño de políticas culturales.
Por otra parte, la noticia parece asumir que existe un acuerdo social evidente respecto de cómo debe utilizarse el espacio público. Sin embargo, la historia reciente de Mendoza demuestra que esto no siempre es así. Desde los conflictos vinculados al agua (La Izquierda Diario, 2025), la provincia ha sido escenario de desacuerdos profundos sobre quién decide acerca de los bienes comunes y bajo qué mecanismos de participación democrática se toman esas decisiones.
No es la primera vez que una política centrada exclusivamente en la criminalización del grafiti genera conflictos. El caso más emblemático ocurrió en Bogotá en 2011 (Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte, 2024), cuando el joven grafitero Diego Felipe Becerra fue asesinado por un policía mientras realizaba una pintada. La conmoción social que produjo el hecho impulsó un profundo debate sobre las políticas urbanas hacia el grafiti y el arte callejero, demostrando que la respuesta punitiva no es la única alternativa posible. Experiencias de distintas ciudades latinoamericanas muestran que existen alternativas a la criminalización. Allí donde los conflictos entre gobiernos y artistas urbanos fueron abordados exclusivamente mediante sanciones, los problemas no desaparecieron. En cambio, muchas políticas encontraron mejores resultados cuando incorporaron diálogo, mediación y participación de las comunidades artísticas en el diseño de las soluciones.
Tal vez la pregunta más importante no sea cuánto debe pagar una grafitera. Tal vez la verdadera pregunta sea qué lugar ocupa la cultura en la ciudad que queremos construir. Si las únicas respuestas disponibles frente a una práctica artística son la sanción y la judicialización, entonces el problema no es solamente el graffiti. El problema es la ausencia de una conversación democrática sobre el derecho a la cultura, el uso del espacio público y la participación efectiva de quienes producen arte en nuestra provincia. Porque antes de preguntarnos cómo castigar una intervención urbana, quizás deberíamos preguntarnos por qué seguimos teniendo tantas dificultades para construir políticas culturales capaces de incluirla, discutirla y comprenderla. Y también por qué resulta más sencillo imponer una multa millonaria a una artista que garantizar condiciones dignas para el desarrollo del trabajo cultural.
Referencias:
Diario El Sol .(2026). La atraparon pintando 22 grafitis y el Jurado Vecinal la sancionó. https://www.elsol.com.ar/departamentales/la-atraparon-pintando-22-grafitis-y-el-jurado-vecinal-la-sanciono/
Diario Mendoza. (2026). Pintó 22 grafitis en Capital y podría recibir multas por hasta $10 millones. https://www.diariomendoza.com.ar/sociedad/pinto-22-grafitis-capital-podria-recibir-multas-10-millones-n180470
Diario UNO. (2026). Jurado vecinal halló responsable a una mujer por 22 grafitis: la multa podría llegar a $10 millones. https://www.diariouno.com.ar/sociedad/jurado-vecinal-hallo-responsable-una-mujer-22-grafitis-la-multa-podria-llegar-10-millones-n1603461
La Izquierda Diario .(2025). El agua de Mendoza no se negocia. Multitudinaria movilización en Mendoza contra el proyecto San Jorge. https://www.laizquierdadiario.com/Multitudinaria-movilizacion-en-Mendoza-contra-el-proyecto-San-Jorge
Los Andes. (2026). La vieron haciendo un graffiti en Mendoza y fue vinculada con otras 21 pintadas: qué decidió un Jurado Vecinal. https://www.losandes.com.ar/policiales/la-vieron-haciendo-un-graffiti-mendoza-y-fue-vinculada-otras-21-pintadas-que-decidio-un-jurado-vecinal-n6009096
Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte.(2024). En el Día del arte urbano recordamos a Diego Felipe Becerra y su legado de lucha y resistencia. https://culturarecreacionydeporte.gov.co/es/principal/noticias/dia-del-arte-urbano-diego-felipe-becerra.
Organización Internacional del Trabajo. (2014). Las relaciones de trabajo en las industrias de los medios de comunicación y la cultura. https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_dialogue/---sector/documents/publication/wcms_240703.pdf
—--------------------------------------------------- (2004). El futuro del trabajo y de la calidad en la sociedad de la información: el sector de los medios de comunicación, la cultura y las industrias gráficas. https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_dialogue/---sector/documents/publication/wcms_192418.pdf
UNESCO. (1980). Recomendación de 1980 relativa a la condición del artista. https://www.unesco.org/creativity/es/1980-recommendation-concerning-status-artist
VoxPopuli. (2026). Hizo grafitis en Mendoza y ahora enfrenta una multa de hasta $10 millones. https://www.voxpopuli.net.ar/mendoza/hizo-grafitis-en-mendoza-y-ahora-enfrenta-una-multa-de-hasta-10-millones/Zappettini, V. F. (2026). Las políticas públicas para las artes visuales y el trabajo artístico y cultural en Mendoza entre 2020-2021. [Tesis de licenciatura, Universidad Nacional de Cuyo].https://bibliotecas.uncuyo.edu.ar/explorador3/Record/21663
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Se suspendió el inicio del juicio contra los manifestantes de la revuelta del 2023
9 de octubre, por Jujuy — Política, Edición Argentina, Jujuy, Libertades Democráticas, CeProDH (Centro de Profesionales por los Derechos Humanos), Derechos Humanos, Jujuy, Reforma constitucional Jujuy, Política, Edición Argentina, Jujuy, Libertades Democráticas, CeProDH (Centro de Profesionales por los Derechos Humanos), Derechos Humanos, Jujuy, Reforma constitucional Jujuy
El pasado 2/10 el tribunal encabezado por Ana Carolina Pérez Rojas hizo lugar a la suspensión de audiencias de debate previstas para iniciar el 26 de octubre. Se realizaron distintas acciones colectivas para frenar el juicio. En este caso, si bien no se trata de una suspensión o absolución definitiva de los criminalizados por ser parte de la lucha contra la Reforma de la Constitución antidemocrática de 2023, se abren preguntas ¿cómo sigue la causa? ¿cómo actuar ante este escenario?
Recordemos que hace tres años existe la causa penal P-271479 iniciada por el Ministerio Público de la Acusación donde se criminaliza a 20 referentes de organizaciones sociales y políticas que -junto con decenas de miles de personas en toda la provincia de Jujuy- se manifestaron contra la reforma constituyente en 2023. Las imputaciones fueron muy graves en un principio (casi que se trataba de asociaciones ilícitas), pero con el correr del tiempo y por la imposibilidad de probarlas -que aún pesa sobre el fiscal Funes- la acusación finalmente es por los delitos de “resistencia a la autoridad” y “lesiones leves doblemente agravadas” (por el número de personas y tratarse de policías) en su mayoría. Algunos imputados también tienen el delito de “daños”, todos en concurso real.
El modus operandi del Estado jujeño en cabeza de su poder judicial ya es conocido. Armar causas como represalia, disciplinamiento y amenaza. Pero quien apoya la lupa en este proceso penal y observa las múltiples irregularidades acontecidas, puede asociar el objetivo del régimen: judicializar el derecho a la rebelión. Se ve en los ritmos adoptados por el poder judicial (acelerar o frenar en función del rédito político que pudiera tener), se ve en los planteos y pruebas rechazados a las defensas.
La negativa judicial -la mayoría en cabeza de Rodolfo Fernández, Juez de control- a diversas pruebas ofrecidas encontró su colmo con los informes realizados por organismos de Derechos Humanos. Uno realizado por la Misión de DDHH y otro encomendado desde la Secretaría de DDHH de la Nación. Ambos contaron con la firma del premio nobel de la paz Adolfo Pérez Esquivel -entre otros- y relevaron múltiples casos de violencia institucional, represión y severas lesiones a la población. Incluyeron casos de personas que no eran propiamente manifestantes -puesto que la cacería desplegada lejos estuvo de ser “racional”- y de las comunidades en días previos. Contextualizan esas semanas en la provincia de Jujuy, la situación de protesta generalizada y la respuesta represiva del Estado. El juez de control los desestimó e impidió que se tomen como prueba en juicio. Muestra clara de su intención de estigmatizar a “algunos” para deslegitimar una acción colectiva, como la rebelión que tuvo lugar.
Cabe también recordar que las detenciones y heridos se multiplicaron por cientos en manos de una policía provincial que no sólo reprimió con balas de goma y gases lacrimógenos -muchos dirigidos a la cara generando lesiones permanentes- piedras arrojadas con gomeras, sino que realizó allanamientos ilegales con camionetas sin patente, algunas prestadas por empresarios amigos del gobierno, y con persecuciones a caballo por distintas calles del barrio centro de la ciudad capital. De todo esto se hicieron eco distintos organismos, como Amnistía Internacional por ejemplo. El desprestigio de un Estado que reprimió salvajemente a las comunidades y a otros cientos, ya resonaba desde el 17 de junio de 2023 en el ingreso a Purmamarca. Ninguno de los funcionarios que ordenaron o reprimieron, lesionaron o dejaron sin ojos a manifestantes se encuentra detenido, imputado o separado, por la justicia ni el gobierno. El ex gobernador, Gerardo Morales, responsable del accionar de las fuerzas de seguridad no fue nunca citado a declarar.
¿Cómo sigue la causa?
El debate oral tiene una suspensión momentánea. Por pedido de una de las defensas y conformidad de la fiscalía se suspendió el inicio del juicio, que estaba previsto para el 26/10. La jueza Pérez Rojas instó a las partes a llegar a una solución alternativa al conflicto penal o bien realizar el juicio. Para lo primero, se precisaría que la defensa y la fiscalía acuerden una reparación. Si la misma es económica, si se trata de tareas comunitarias o alguna otra opción.
Si se parte de la premisa de que en 2023 hubo una rebelión popular y se ejerció el legítimo derecho a la protesta social, a la huelga y resistencia (incluso previstos constitucionalmente en el art. 14bis, 36 y concordantes) si el objetivo del fiscal es judicializar la rebelión, no cabe reconocimiento alguno a reparar daño al Estado. Miles de trabajadores y comunidades se rebelaron ante un gobierno autoritario y antidemocrático, funcionarios y policías desataron una represión salvaje ¿y los que van a juicio son 20 manifestantes? De allí debe concluirse que no corresponde reparación del daño al Estado. El daño lo generó el propio Estado, con su reforma antiderechos y la feroz represión desatada.
Es el propio gobierno quien debe dar las explicaciones, no quienes expresaron su descontento. No pueden cargarse las cuentas a las personas que se manifestaron en defensa de los derechos de las mayorías trabajadoras y las comunidades. La defensa de las libertades democráticas exige un fuerte repudio que resuene en todos lados, y que exprese la solidaridad de organismos de derechos humanos, organizaciones sociales y políticas para con la protesta social. La suspensión momentánea del juicio puede tomarse como un punto de apoyo para desplegar una gran campaña nacional y exigir el sobreseimiento definitivo de todos los criminalizados.
Más allá de algunas iniciativas que se dieron recientemente para repudiar este juicio, tanto de los imputados y organizaciones aliadas como del bloque PTS-FITU en la legislatura, y todo triunfo táctico que pueda lograrse en el terreno legal/judicial, hay una tarea de primer orden que está en organizar la bronca que ya se viene expresando en las calles. Si hablamos de rebelión popular en 2023, de la actual precarización de las condiciones de vida, de la necesidad de una huelga general para derrotar los planes de miseria planificada que traen Milei y sus cómplices (como Sadir en Jujuy), debe asumirse la tarea de coordinar toda esa bronca, donde el repudio a la criminalización de la protesta y la defensa de las libertades democráticas también sean parte de las reivindicaciones. Porque de fondo está la pelea por imponer la huelga general para derrotar el plan de las grandes corporaciones y el FMI que aplican los gobiernos.
Desde el Ceprodh orientamos la defensa legal de los imputados en esta causa apostando a fortalecer esta estrategia independiente y a sumar a jóvenes estudiantes y profesionales comprometidos con el pueblo trabajador, a una militancia por los derechos humanos y las libertades democráticas.
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Cuatro años sin Lolo Regueiro y sin justicia
6 de octubre, por La Plata — Política, Edición Argentina, La Plata, Berisso y Ensenada, Libertades Democráticas, Provincia de Buenos Aires, Gatillo fácil, Policía Bonaerense, Política, Edición Argentina, La Plata, Berisso y Ensenada, Libertades Democráticas, Provincia de Buenos Aires, Gatillo fácil, Policía Bonaerense
Al cumplirse un nuevo aniversario de la muerte del hincha de Gimnasia, sus familiares y amigos se movilizarán La Plata para exigir que la causa avance y se deje sin efecto el sobreseimiento de Javier Aparicio, extitular de la Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte (Aprevide) . La concentración será el 6 de octubre frente a la sede del Tribunal de Casación.
El próximo 6 de octubre se cumplen cuatro años de la muerte de César "Lolo" Regueiro, el hincha de Gimnasia y Esgrima de La Plata, acaecida durante la brutal represión de la policía bonaerense durante el partido que disputaban Gimnasia y Boca Juniors.
Pasados apenas unos minutos del inicio del partido en el bosque platense, se desató una cacería feroz en las afueras. La represión descontrolada de la Policía Bonaerense contra miles de simpatizantes, mayoritariamente familias, fue transmitida en vivo y en directo. Adentro, mientras los gases sobrevolaban y la cancha se convirtió en una pesadilla de la cual no se podía salir.
Entre las personas impactadas por los gases, los golpes y las balas de goma, Lolo Regueiro, de 57 años, que había ido a ver el partido con una de sus hijas y dos de sus nietos, no pudo salr. A poco de intentar escapar de la cancha, el hincha y socio tripero falleció.
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La familia Regueiro denunció desde el principio toda una serie de irregularidades alrededor del caso, antes, durante y después de los hechos. Siempre hablaron de encubrimiento por parte de la propia Policía, las autoridades provinciales y las del Municipio (entonces en manos del macrista Julio Garro, hoy del peronista Alak).
El reclamo de la familia estará centrado en la situación judicial de la causa. En particular, pedirán que no avance el sobreseimiento de Eduardo Aparicio, extitular de la Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte (Aprevide); y que el expediente vuelva a quedar en manos de un Tribunal Oral Criminal (TOC).