Sábado 13 de noviembre de 2004

La absolución del policía Salmo en el caso Lacorte

Un fallo completamente ideológico

Ya en la primera jornada de juicio recusamos al Tribunal por su parcialidad manifiesta. La sentencia lo confirma, la impunidad de Salmo estaba garantizada de antemano.
Consideramos que este fallo, en este momento, no es casual. Es un gran mensaje para la bonaerense y las demás fuerzas represivas. ¿O qué otra cosa son los operativos a sangre y fuego que tanto promociona el gobierno después del caso Nine?
Simétricamente, es un fallo desafiante hacia los organismos de derechos humanos y los que luchamos por la defensa de las libertades democráticas.

La ganancia vale más que la vida

Desde que Blumberg, con el aval del gobierno de Kirchner, se convirtió en “el legislador en las sombras", a no asombrarse con este tipo de fallos. Todas las modificaciones reaccionarias que se vienen introduciendo en la legislación penal, con los legisladores kirchneristas a la cabeza, alientan estos fallos, necesario gesto para una policía guardiana de empresas y empresarios.
En nuestro alegato afirmamos que se estaba dando prelación al derecho de propiedad en comparación con el derecho a la vida. La sentencia lo confirmó1: a los acusados de robar 150 pesos en un Mc Donalds y “tomar rehenes”2 les aplicaron una pena de 16 años a uno y 17 años a los otros dos. Eso para proteger la propiedad.
A Salmo lo absolvieron. Eso para proteger el accionar policial a pesar de que intentó matar a Carla con un certero tiro por la espalda.
En este marco, y solo desde aquí puede analizarse profundamente esta sentencia. Las heridas (pretendidas mortales por Salmo) que recibió Carla, son los “daños colaterales” de una política de estado. Se asume un estado de excepción producto de la delincuencia y todo los demás efectos, pasan a ser “secundarios” y no generan responsabilidades en quienes los cometen, que cual tropas de Bush, tienen un “fin superior”, cueste lo que cueste.

Un fallo manifiestamente ideológico

Por todo lo dicho, sostenemos que es un fallo de profundo contenido ideológico. Lo que lo hace más escandaloso es que, contrariamente a lo que sostienen los jueces Anache, Topalian y Gil Juliani, logramos demostrar que hubo un intento de homicidio y la actuación brutal y premeditada de la policía.
Pero estos magistrados en forma unánime afirmaron que el oficial “tuvo un obrar justificado en su accionar”. Reivindicaron punto por punto el accionar policial y rodearon esta apreciación política con los términos necesarios para darle un tinte jurídico a tal afirmación.
Consideraron que Salmo “tuvo un obrar justificado en su accionar” destacando que “efectuó disparos en ejercicio de sus atribuciones y que su conducta fue lícita” que “no fue con impericia ni negligencia, actuó como lo indica la ley y en relación a una situación de peligro que se estaba dando”. Aseveraron que Carla quedó ubicada detrás de la línea de fuego. Que el proyectil no ingresó directamente al cuerpo de Carla sino que hubo un rebote previo3. Llegaron a decir que no podían dejar “impune” el robo.
Como puede verse, aun sin la teoría del “rebote”4, Salmo ya estaba absuelto.
El Tribunal tomó los argumentos utilizados por la defensa de Salmo y por los policías que declararon como testigos. Pero también se basó en los dichos del fiscal, que a pesar que de que exigió que se condene a Salmo por lesiones gravísimas (con dolo eventual) reconoció que hubo “enfrentamiento” con los ahora condenados por robo, y que los policías dieron la voz de “alto, policía” antes de disparar5.
Por nuestra parte, presentamos una pericia que destruye la teoría del rebote; logramos demostrar que Carla no quedó en medio de ningún enfrentamiento: la mayoría de los testigos civiles sólo escucharon y vieron disparos desde la ubicación donde estaban los policías. También que Salmo tiraba en forma directa hacia Carla, que la palparon de armas y la mantuvieron en el piso apuntándole, que la interrogaron y le increparon que era la “campana”, y otras probanzas que son las bases jurídicas y técnicas que fortalecen nuestra postura.
Sin embargo, José Ignacio Salmo6 sigue libre y esperaba la sentencia tomando mate con la guardia policial de tribunales.
El se fue caminando y nuestra compañera en sillas de ruedas, pero fuerte y luchando contra la represión y la impunidad para que no haya otros en su misma situación.
La teoría de Ruckauf del “meta bala” se consolida, tanto es así que no mereció un solo párrafo de la extensa sentencia el hecho de que uno de los condenados por robo recibió un disparo por la espalda y sin haber disparado un solo tiro. Con el fallo de marras, esta teoría se ve amplificada: meta bala, y si alguien más cae en el camino, no importa. Son simples efectos colaterales.

1 Un concepto similar fue el utilizado por la Sala VII de la Cámara Penal de Capital para desalojar a las obreras de Brukman.
2 Esto a pesar de que el fiscal no lo pudo demostrar porque la supuesta víctima dijo que ella no temía a los imputados, que solo intentaban escapar, su miedo era porque temía que pase “como en Ramallo”, haciendo expresa alusión a que entre violentamente la policía y mate a todos.
3 Testigos presenciales afirmaron haber visto a Salmo tirando, rodilla en tierra, en forma directa hacia donde caminaba Carla, cuando los acusados por el robo huían por la cuadra de enfrente y ya habían arrojado las cajas registradoras que habían sustraído del Mc Donalds.
4 Trajeron a los peritos de la Asesoría Pericial La Plata a decir que su pericia anterior, en la que no se hablaba de rebote de la bala, estaba mal hecha y que “querían hacer una nueva para demostrar que sí hubo rebote”. El tribunal por supuesto, lo concedió.
5 El Tribunal recalcó las contradicciones en el representante del Ministerio Público Fiscal, que por un lado quiso demostrar que hubo enfrentamiento para condenar a los demás imputados, y por el otro exigió condena para el policía.
6 Ascendido de oficial ayudante a subinspector en el transcurso de estos tres años y medio, y declarado prescindible hace solo dos meses. En cuanto a los demás policías intervinientes en el hecho: Maximiliano G. Ferraris, asignado en Pinamar...; Jorge Ismael Pagano, asignado en el Ministerio de Seguridad al departamento de “Protección de Funcionarios”.